Corte Suprema confirmó condena por omisión en consignación de IVA

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó parcialmente la condena contra una mujer de 87 años, representante legal de una empresa, por el delito de omisión de las responsabilidades del agente retenedor o recaudador, al no consignar en los plazos legales las sumas recaudadas por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
De acuerdo con el expediente, entre 2010 y 2014 la mujer dejó de transferir a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) un total de $56.349.229 correspondientes al IVA que había sido recaudado.
En primera instancia, un juzgado de Bucaramanga impuso una pena de prisión y multa por $94.722.000, decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior de esa ciudad, el cual le negó el beneficio de prisión domiciliaria. Sin embargo, la Corte concluyó que en las sentencias previas se desconocieron garantías mínimas del debido proceso y la necesidad de valorar la situación de vulnerabilidad derivada de la avanzada edad de la acusada.
El alto tribunal determinó que la mujer cumplirá la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, previa firma de un compromiso. Además, ordenó que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) realice la reseña y demás trámites administrativos directamente en la residencia de la condenada, y no en un centro carcelario.
La decisión también enfatizó que, pese a conceder el beneficio por razones humanitarias, se mantiene la responsabilidad penal derivada del incumplimiento de las obligaciones tributarias.
Para más información, consulte la sentencia de la Corte Suprema de Justicia a continuación.
Ver: SP1863 de 2025 – Corte Suprema de Justicia
Redacción INCP