SDH ajustaría los rangos del avalúo catastral para el impuesto predial unificado de 2026

SDH ajustaría los rangos del avalúo catastral para el impuesto predial unificado de 2026

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) publicó el proyecto de resolución, el cual propone ajustar los rangos del avalúo catastral determinantes de la tarifa del impuesto predial unificado* para el año gravable 2026. Esto en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Distrital 648 de 2016** que establece la actualización anual de dichos rangos según la variación del Índice de Precios de Vivienda Nueva (IPVN) calculado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

De acuerdo con el Boletín Técnico del 22 de agosto de 2025 del DANE, la variación anual del IPVN para el segundo trimestre de 2025 fue de 10,02 %, porcentaje que servirá de base para el reajuste de los valores de avalúo catastral aplicables en el cálculo del impuesto predial unificado correspondiente al año gravable 2026.

El proyecto contempla el ajuste de los valores base para tres categorías de predios:

  • Predios residenciales urbanos.
  • Predios no residenciales.
  • Predios pertenecientes a clubes sociales, campestres, deportivos o recreativos.

El ajuste propuesto definiría la tarifa del impuesto según el avalúo catastral del predio, aplicando un sistema de rangos progresivos: a medida que aumenta el valor del inmueble, también se incrementa la tarifa. Este mecanismo busca garantizar proporcionalidad y equidad en la contribución, en función del valor del bien.

Las tablas completas con los nuevos rangos y tarifas pueden consultarse en el documento del proyecto de resolución publicado por la SDH.

Los interesados en comentar el proyecto de resolución podrán hacerlo a través del siguiente enlace hasta el 10 de noviembre de 2025.

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Proyecto de resolución rangos de avalúo catastral – SDH

Redacción INCP

* Es el impuesto que recae sobre la propiedad inmueble y se genera por la existencia del predio. Su base gravable depende del avalúo catastral. Es una renta endógena, de propiedad de los municipios y distritos, quienes tienen a su cargo su administración, recaudo y control. 

** Por el cual se simplifica el Sistema Tributario Distrital y se dictan otras disposiciones.