SDH reajustó el ingreso presuntivo mínimo para la declaración del ICA en 2026

SDH reajustó el ingreso presuntivo mínimo para la declaración del ICA en 2026

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), a través de la Dirección de Impuestos de Bogotá, expidió el pasado 3 de diciembre la Resolución DDI-032266, mediante la cual reajustó los valores promedio de ingreso diario por unidad de actividad para la liquidación del impuesto de industria y comercio (ICA) de los establecimientos que prestan servicios de alojamiento temporal (moteles, residencias y hostales), así como de los parqueaderos, bares y locales dedicados a la explotación de juegos o máquinas electrónicas.

En este sentido, los ingresos netos mínimos a declarar en ICA para el año 2026 se determinarán con base en el ingreso promedio diario de las unidades de actividad, de acuerdo con la siguiente tabla:

Para los moteles, residencias y hostalesPromedio diario por cama
Clase
A$ 91.736
B$ 48.923
C$ 9.173
Para los parqueaderosPromedio diario por metro cuadrado
Clase
A$ 1.230
B$ 1.014
C$ 931
Para los baresPromedio diario por silla o puesto
Clase
A$ 48.923
B$ 18.348
C$ 9.173
Para los establecimientos que se dediquen a la explotación de juegos y de máquinas electrónicasPromedio diario por máquina
Video ficha$ 24.463
Otros$ 18.348

Este  ajuste se realizó en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116-2 del Decreto Distrital 422 de 1996* y en los artículos 50 y 51 del Decreto Distrital 352 de 2002**, los cuales determinan la obligación de actualizar anualmente los ingresos presuntivos mínimos para ciertas actividades económicas, con base en la variación porcentual del índice de precios al consumidor (IPC) para ingresos medios, la cual según cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) fue del 5,17 % entre septiembre de 2024 y septiembre de 2025.

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Resolución DDI-032266 de 2025 – SDH

Redacción INCP

* Por el cual se actualiza el Decreto 807 de 1993.

** Por el cual se compila y actualiza la normativa sustantiva tributaria vigente, incluyendo las modificaciones generadas por la aplicación de nuevas normas nacionales que se deban aplicar a los tributos del Distrito Capital, y las generadas por acuerdos del orden distrital.