La boleta electrónica no está definida en el Decreto 1258 de 2012 ni en el Decreto 1240 de 2013
Referente al uso y comercialización de boletería electrónica por herramientas informáticas o sistema en línea, el Decreto 1258 de 2012 y su modificatorio, el Decreto 1240 de 2013, en los que se trata lo relacionado con las medidas de formalización de espectáculos públicos, no se define el concepto de boletería electrónica para ingresar a espectáculos públicos. Considerando lo anterior, y como lo esclarece la DIAN, no será competencia de la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina establecer procedimientos, ni condiciones técnicas para efectos de control de la misma, así como dicha entidad no determinará como equivalente a la factura, la boleta electrónica de ingreso a espectáculos públicos, dado que tal concepto no tiene ninguna definición o está señalado en la normatividad.
Concepto 15034 (100208221 000525) / 10-06-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Fuente: Redacción INCP