Tasa mínima de tributación es declarada exequible por la Corte Constitucional
La Corte Constitucional publicó su Comunicado No. 26, correspondiente a las noticias del 12 y 13 de junio de 2024, en este documento presentó un resumen de la Sentencia No. C-219 del 12 de junio de 2024, por medio de la cual declaró exequible la tasa mínima de tributación para contribuyentes del impuesto de renta, prevista en el parágrafo 6 del artículo 240 del Estatuto Tributario (E.T.), adicionada por el artículo 10 de la reforma tributaria, la cual no desconoce los principios de consecutividad e identidad flexible.
Este pronunciamiento de la Corte se da en respuesta al Expediente No. 15369 en el que se había admitido una demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo 6 del artículo 240 del E.T.. Los demandantes argumentaban que entre el primer debate conjunto en las comisiones económicas permanentes de la Cámara de Representantes y del Senado de la República y el debate adelantado en las plenarias de las mismas cámaras, el enunciado fue variado en un 95 % y no se cumplieron los principios de consecutividad e identidad flexible en los términos previstos en los artículos 157 y 160 de la Constitución Política.
Así bien, luego de examinar el trámite legislativo adelantado respecto del enunciado demandado, no se verificó el vicio invocado en la demanda. Por lo anterior, la Corte decidió declarar la exequibilidad -por el cargo analizado- del parágrafo 6 del artículo 240 del E.T.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Comunicado No. 26 – Corte Constitucional
Redacción INCP