Procuraduría no está de acuerdo con prohibir las exportaciones de carbón a Israel

La Procuraduría General de la Nación (PGN) informó en su Boletín No. 717 de 2024, que entregó al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) un pliego de observaciones al proyecto de decreto que busca prohibir las exportaciones a Israel.
Recordemos que el pasado mes de junio, el MINCIT publicó un proyecto de decreto titulado “Por el cual se establece una prohibición a las exportaciones de carbón a Israel”, el cual recibió comentarios hasta el 17 de junio. Según los considerandos del proyecto normativo, esta medida sería tomada para proteger la dignidad humana, la igualdad, la democracia y el cumplimiento de los derechos humanos del Estado de Palestina, en el marco de las operaciones militares llevadas a cabo por Israel desde octubre de 2023.
Dado lo anterior, la PGN, a través de la delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios, refirió por escrito los siguientes reparos ante el mencionado proyecto de decreto:
- Reducción de regalías: teniendo en cuenta que las exportaciones de carbón térmico a Israel representan 650 mil millones de pesos cada año en regalías, impuestos y contribuciones, de los cuales, 100 mil millones van directamente a los departamentos de La Guajira y Cesar, no se refiere en el proyecto decreto un análisis técnico sobre cómo se asumirá el costo de lo que dejará de percibir el Estado colombiano por regalías generadas mientras dure el conflicto en la franja de Gaza.
- La medida no es idónea: si bien, en Colombia el Estado tiene la facultad para intervenir en la economía (decisión supeditada a la garantía de un bien común supremo), la PGN considera que el proyecto no es una medida idónea para el cumplimiento de dicho fin, ya que su adecuación debe propender por un objetivo constitucionalmente legítimo y debe evidenciarse como de imperiosa consecución.
- No hay garantía de su efectividad: en el proyecto de decreto se establece que la medida es necesaria porque no existe una diferente para lograr su objetivo. Sin embargo, no hay una demostración técnica que conlleve a determinar que, si no se exporta carbón a Israel por parte del Estado colombiano, procederán a cumplir las decisiones de la Corte Internacional de Justicia y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
- Riesgo de daño antijurídico: al estar insuficientemente justificado el proyecto decreto, existe el riesgo de presentarse una causal de nulidad por falsa motivación, ya que las razones invocadas en su fundamentación son contrarias a la realidad, no son proporcionales, ni razonables.
- Incumplimiento del tratado de libre comercio con Israel: al no estar justificada la medida de prohibición de exportación de carbón por parte de Colombia a Israel, se deberían evaluar los riesgos de un eventual incumplimiento de este acuerdo internacional aprobado por el Congreso en 2017 y que entró en vigor en el año 2020.
- Opuesto al fundamento normativo: el proyecto invoca el artículo 259 del actual Plan Nacional de Desarrollo el cual estipula que el gobierno podrá adoptar medidas comerciales restrictivas o de fomento por razones de seguridad nacional, soberanía alimentaria y protección de la industria y el mercado. Sin embargo, la prohibición de exportación no es una medida que garantice ninguna de las razones expuestas, al contrario, genera afectación a la libre industria y comercio y pone en riesgo los derechos fundamentales a la iniciativa privada y a la libertad de empresa.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Boletín 717 de 2024 – PGN
Redacción INCP