Se amplían los plazos para la entrega de la información exógena cambiaria

Se amplían los plazos para la entrega de la información exógena cambiaria

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó la Resolución No. 000103 del 28 de junio de 2024*, por medio de la cual amplió los plazos para la presentación de la información exógena cambiaria que deben reportar Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC), los titulares de cuentas de compensación y los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros.

El plazo corresponde al previsto para la presentación de la información exógena cambiaria del cuarto trimestre de 2023 y de los tres primeros trimestres de 2024. Su ampliación tiene lugar mientras se llevan a cabo las modificaciones a los sistemas que reciben la información exógena cambiaria para armonizarlos con el sistema de información cambiaria adoptado y desarrollado por el Banco de la República.

Así bien, el nuevo plazo de presentación será de seis meses contados a partir del día siguiente en que la DIAN certifique la entrada en funcionamiento del aplicativo y de los formatos de los archivos XML que se dispongan para recibir la información. Dicha certificación se dará mediante una resolución, que indicará el contenido y las características de la información exógena cambiaria requerida.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Resolución No. 000103 del 28 de junio de 2024 – DIAN

*Por la cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 4 de la Resolución No. 000161 de 2021

Redacción INCP