¿Los pagos en especie a trabajadores se reportan en la nómina electrónica?

¿Los pagos en especie a trabajadores se reportan en la nómina electrónica?

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto No. 813 de 2024, con el cual realizó una adición a su Concepto Unificado Obligación de facturar y sistema de factura electrónica, y absolvió la siguiente consulta:

¿El documento soporte de pago de nómina electrónica debe generarse por los pagos en especie que realiza el empleador a terceras personas en cumplimiento de pactos colectivos de trabajadores y/o convenciones colectivas de trabajo, según lo señalado en el artículo 29-1 de Estatuto Tributario (E.T.)?

Ante esto, la DIAN aclaró que los pagos en especie realizados por el empleador a terceros, en virtud de pactos o convenciones colectivas, están exceptuados del tratamiento tributario mencionado en el artículo 29-1 del E.T.. Sin embargo, si el empleador desea soportar costos y deducciones en el impuesto sobre la renta, estará obligado a generar el documento soporte de pago de nómina electrónica.

Según la administración tributaria, aunque los mencionados pagos en especie no afectan directamente el tratamiento tributario del trabajador, para garantizar la procedencia de los costos y deducciones (artículo 107 del E.T.), el documento soporte debe incluirse en el campo “otros conceptos” de los devengos, conforme a lo establecido en el Anexo técnico de la Resolución 000113 de 2021*.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto No. 813 de 2024 – DIAN

*Por la cual se implementa y desarrolla en el sistema de facturación electrónica la funcionalidad del documento soporte de pago de nómina electrónica y se adopta el anexo técnico para este documento

Redacción INCP


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