Conozca el calendario tributario distrital para 2025

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) publicó la Resolución No. SDH-000287 del 12 de diciembre de 2024*, con la cual estableció el calendario para la declaración y el pago de las obligaciones tributarias distritales en el 2025.
El documento indica los lugares, plazos y descuentos para el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la SDH, entre ellos:
- Impuesto de industria y comercio (ICA)
- Sobretasa bomberil
- Impuesto predial unificado
- Impuesto sobre vehículos automotores
- Impuesto de delineación urbana
- Impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos
- Impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco nacional y extranjero
- Impuesto al consumo de cerveza, sifones y refajos nacionales y extranjeros
- Impuesto de loterías foráneas
- Impuesto de publicidad exterior visual
- Sobretasa al consumo de gasolina motor
- Estampillas
Con respecto al ICA se establecieron los siguientes plazos para que los contribuyentes y los agentes de retención presenten y paguen la declaración correspondiente:
Contribuyentes ICA | |
Bimestre | Fecha |
1 bimestre | 4 de abril de 2025 |
2 bimestre | 13 de junio de 2025 |
3 bimestre | 15 de agosto de 2025 |
4 bimestre | 10 de octubre de 2025 |
5 bimestre | 12 de diciembre de 2025 |
6 bimestre | 13 de febrero de 2026 |
Agentes de retención ICA | |
Bimestre | Fecha |
1 bimestre | 21 de marzo de 2025 |
2 bimestre | 23 de mayo de 2025 |
3 bimestre | 18 de julio de 2025 |
4 bimestre | 19 de septiembre de 2025 |
5 bimestre | 21 de noviembre de 2025 |
6 bimestre | 16 de enero de 2026 |
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Resolución No. SDH-000287 de 2024 – SDH
*Por la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con la presentación de las declaraciones y el pago de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos de Bogotá- DIB de la Secretaría Distrital de Hacienda para el año gravable 2025
Redacción INCP