Se establecerían nuevos lineamientos para los Comités de Convivencia Laboral con relación al acoso laboral

Se establecerían nuevos lineamientos para los Comités de Convivencia Laboral con relación al acoso laboral

El Ministerio del Trabajo (MinTrabajo) publicó un proyecto de resolución proponiendo modificar las Resoluciones 652* y 1356* de 2012, con el fin de fortalecer la conformación, funcionamiento y alcance de los Comités de Convivencia Laboral (en adelante, Comités) en entidades públicas y empresas privadas en relación con el acoso laboral.

Entre los cambios más relevantes que propone el proyecto de resolución, se destacan los siguientes:

  • Los Comités serían responsables de adoptar medidas correctivas con relación al acoso laboral, involucrando tanto a empleadores públicos y privados como a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) en su implementación y seguimiento.

  • Se establecería una nueva estructura para los Comités según el tamaño de la empresa:
Tamaño de la empresaNo.  de representantes en el Comité de Convivencia Laboral
De trabajadoresDel empleador
Menos de 5 trabajadores11
Entre 5 y 20 trabajadores1 con su suplente1 con su suplente
Con más de 20 trabajadores2 con sus suplentes2 con sus suplentes
  • Se introducirían requisitos actitudinales y comportamentales para los miembros de los Comités, tales como respeto, imparcialidad, confidencialidad, liderazgo y comunicación asertiva. Además, se prohibiría la participación de personas que hayan sido denunciadas de acoso laboral en el año anterior a la conformación del comité.

  • Los Comités deberán elaborar un reglamento interno que incluya acuerdos de confidencialidad obligatorios para todos sus integrantes. El período de los miembros será de dos años contados desde la fecha de comunicación de la elección o designación.

  • Se especificarían funciones claras para los Comités, con plazos máximos para su ejecución, tales como:
    • Recepción y trámite de quejas en cinco días calendario.

    • Análisis confidencial de casos con posibilidad de extensión hasta de 15 días calendario.
    • Escucha individual de las partes en 5 días.
    • Creación de espacios de diálogo y planes de mejora concertados entre las partes, en un plazo prorrogable hasta 15 días.

    • Seguimiento mensual a los compromisos adquiridos.

El MinTrabajo recibirá comentarios sobre este proyecto de normatividad hasta el próximo 14 de mayo por medio del siguiente enlace.

Para más detalles, consulte el documento a continuación.

Ver: Proyecto de resolución – MinTrabajo

*” Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones”.

**” Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 652 de 2012”.

Redacción INCP


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