MINHACIENDA propone nuevo marco prudencial para los Fondos de Empleados

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MINHACIENDA) publicó para comentarios un proyecto de decreto, el cual propone modificar el Decreto 1068 de 2015* para actualizar y fortalecer la regulación de los Fondos de Empleados en Colombia, esto con el fin de garantizar mayor solidez financiera, una supervisión proporcional a los riesgos administrados y una mejor protección para los asociados.
Puntualmente, se proponen cambios en la clasificación de los fondos de empleados, operaciones autorizadas, normas prudenciales aplicables, límites de concentración de aportes y solicitud de información corporativa, ajustando el régimen vigente a estándares internacionales de solvencia y gestión de riesgos.
La clasificación de los fondos de empleados se haría en tres categorías:
- Básica: fondos con activos de hasta 3.600 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
- Intermedia: fondos con activos entre 3.600 SMMLV y 10.000 SMMLV.
- Plena: fondos con activos superiores a 10.000 SMMLV.
Esta clasificación permitiría aplicar exigencias diferenciadas de patrimonio, solvencia y gestión, y sería revisada anualmente por la Superintendencia de la Economía Solidaria.
El proyecto decreto también propone ampliar y organizar las operaciones autorizadas, incluyendo la captación de ahorro, el otorgamiento de créditos, la adquisición de cartera y el manejo de instrumentos financieros tales como CDT, siempre bajo los límites prudenciales establecidos.
En materia de solvencia y normas prudenciales, se propone:
Definir reglas claras sobre patrimonio básico y adicional, relaciones mínimas de solidez y ponderación de activos según el riesgo, junto con restricciones en el uso de ciertas garantías para respaldar operaciones.
Fijar límites de concentración de crédito, evitando que un fondo destine recursos de manera excesiva a un solo asociado o grupo económico.
Reforzar los deberes de información y gobierno corporativo, con reportes periódicos sobre riesgos, cumplimiento y gestión financiera, además de la obligación de divulgar de manera inmediata cualquier evento que comprometa la liquidez o estabilidad del fondo.
El proyecto establece un régimen de transición de 36 meses para que los Fondos de Empleados se adapten a las nuevas disposiciones, el cual entraría en vigor a partir de la publicación del decreto.
Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el 7 de octubre de 2025 por medio del siguiente formulario.
Para más información, consulte el proyecto de decreto de MINHACIENDA a continuación
Ver: Proyecto decreto por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 – MINHACIENDA
Redacción INCP
*Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.