Mintrabajo definió criterios para la asignación de incentivos del programa “Empleos para la Vida”

Mintrabajo definió criterios para la asignación de incentivos del programa “Empleos para la Vida”

El Ministerio del Trabajo (Mintrabajo) expidió la Resolución 4154 del 30 de octubre de 2025*, mediante la cual estableció los criterios de priorización del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales, correspondiente al programa “Empleos para la Vida”. Esta medida busca optimizar el uso de los recursos públicos disponibles y garantizar que el apoyo llegue a las poblaciones con mayores condiciones de vulnerabilidad laboral.

El programa tiene fundamento en el artículo 24 de la Ley 2155 de 2021** y en el artículo 79 de la Ley 2294 de 2023***, normas que crearon y ampliaron el incentivo con el fin de promover la generación y sostenimiento del empleo formal en el país. El beneficio está dirigido a los empleadores que generen nuevos puestos de trabajo mediante la vinculación de trabajadores adicionales y permite cubrir parcialmente costos laborales como los aportes a seguridad social y parafiscales.

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Resolución 2200 de 2024****, que define los procesos y las condiciones a las que deberán sujetarse las entidades involucradas con ocasión del otorgamiento del beneficio del programa y de esta manera realizará la priorización de solicitudes aplicando el siguiente orden establecido en la resolución mencionada:

  1. Personas con discapacidad que no hayan sido cotizantes en los últimos cuatro meses y estén contratadas por un periodo no inferior a seis meses o que hayan sido beneficiarias del Mecanismo de Protección al Cesante.

  2. Jóvenes entre 18 y 28 años que cumplan con las mismas condiciones anteriores.
  3. Mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta tres salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y cumplan con las mismas condiciones anteriores.

  4. Hombres mayores de 28 años que devenguen hasta tres SMMLV y cumplan con las mismas condiciones anteriores.

  5. Personas con discapacidad.
  6. Jóvenes entre 18 y 28 años.
  7. Mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta tres SMMLV.
  8. Hombres mayores de 28 años que devenguen hasta tres SMMLV.

El Mintrabajo precisó que, debido a este proceso de priorización, la aprobación del incentivo podrá ser parcial, es decir, que del total de empleados identificados como ‘conformes’ ─es decir, que cumplen los requisitos─, se asignará la aprobación a los cotizantes de acuerdo con el orden mencionado anteriormente.

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Resolución 4154 de 2025 – Mintrabajo

Redacción INCP

* Por la cual se establecen criterios de priorización del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales (Programa Empleos para la Vida).

** Por medio de la cual se expide la ley de inversión social y se dictan otras disposiciones.

*** Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”

**** Por la cual se definen los procesos y las condiciones a las que deberán sujetarse las entidades involucradas con ocasión del otorgamiento del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales (Programa Empleos para la Vida), las reglas y el procedimiento de postulación.