Las juntas directivas están cumpliendo según los resultados del Código país 2016

Las juntas directivas están cumpliendo según los resultados del Código país 2016

La Superintendencia Financiera de Colombia dio a conocer los resultados de la implementación del Código de Mejores Prácticas Corporativas – Colombia (Código País), el cual, en esta oportunidad, estuvo enfocado en las juntas directivas, la importancia que tienen estas para el desarrollo del buen Gobierno Corporativo y los mejores estándares que le aplican según la información remitida por los emisores del COLCAP.

Ver: Informe Código País 2016

Ver: Anexos

Redacción INCP a partir del artículo publicado por la SuperFinanciera

Para mayor información, puede revisar el artículo titulado “Resultados Código País 2016: recomendaciones sobre funciones asignadas a las juntas directivas registraron un nivel de implementación alto entre los emisores del COLCAP” de la fuente SuperFinanciera. 

Resultados Código País 2016: recomendaciones sobre funciones asignadas a las juntas directivas registraron un nivel de implementación alto entre los emisores del COLCAP 

  • Para este segundo año de implementación del nuevo Código País, la SuperFinanciera realiza seguimiento a los avances de los estándares aplicables a las juntas directivas, dada la importancia de estos órganos de administración.
  • En total fueron 84 recomendaciones relacionadas con las funciones, conformación de comités, estructura y funcionamiento, entre otros aspectos.
  • La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha reconocido los avances del país en materia de Gobierno Corporativo.

La Superintendencia Financiera de Colombia presentó el segundo informe con los resultados generales del Reporte de Implementación del Código País 2016, luego de la actualización adelantada en 2014.

En esta oportunidad, y dada la importancia que tienen las juntas directivas, la Superintendencia realizó una revisión detallada de la información remitida por los emisores del COLCAP respecto a los mejores estándares aplicables a este órgano directivo.

Se tomaron en consideración un total de 84 recomendaciones que abarcan temas relacionados con las funciones, conformación de comités, estructura y funcionamiento, entre otros aspectos.

Entre los resultados obtenidos en el Reporte de Implementación, se destaca que las juntas directivas de los emisores que hacen parte del índice COLCAP han asumido su responsabilidad con relación a los temas de control, cuentan con un reglamento interno de funcionamiento y han constituido comités de apoyo a su función.

Vale la pena señalar que se escogieron estos emisores dada su preponderancia y representatividad en los principales sectores de la economía colombiana y a su capitalización bursátil, que equivale al 80.66% del total de la capitalización de las sociedades cotizadas en la Bolsa de Valores de Colombia.

Estos son algunos de los resultados obtenidos luego del análisis efectuado a las 84 recomendaciones relacionadas con las juntas directivas:

Funciones (17 recomendaciones)

Fueron acogidas favorablemente con un nivel de implementación alto. Todos los emisores de valores colombianos que hacen parte del COLCAP han adoptado buenas prácticas, como la de establecer que su junta directiva es la última instancia responsable de la existencia de un ambiente de control sólido y de supervisar la efectividad de los distintos componentes de la arquitectura de control a través de su comité de auditoría.

Comités (23 recomendaciones)

Más allá de la exigencia legal de contar con ciertos comités, la junta directiva de una sociedad debe evaluar la conveniencia de constituir comités especializados que actúen como órganos de estudio y apoyo en materias específicas y, eventualmente, para ejercer por delegación ciertas funciones de la propia junta.

En cuanto a los emisores colombianos que hacen parte del COLCAP, se observó que todos han establecido que los comités pueden obtener apoyo de la alta gerencia o de expertos externos y que la principal función del comité de auditoría es asistir a la junta directiva en su función de supervisión.

Estructura y funcionamiento (36 recomendaciones)

La evaluación reveló resultados satisfactorios en la medida en que todos los emisores del COLCAP adoptaron buenas prácticas sobre asuntos como contar con un reglamento interno de funcionamiento, tener un calendario concreto de sesiones ordinarias, realizar una o dos reuniones por año orientadas específicamente a la definición y seguimiento de la estrategia de la sociedad, así como establecer una separación efectiva entre la administración y el giro ordinario de los negocios.

Adicionalmente, acogieron la recomendación de ajustar voluntariamente el número de miembros independientes aumentando su cantidad, que el presidente se encargue de preparar el plan de trabajo de la junta directiva, así como la posibilidad de que los miembros de la alta gerencia sean designados por la junta directiva, entre otros.

Por otro lado, es importante señalar que los emisores tienen oportunidad de mejorar los estándares de Gobierno Corporativo adoptando medidas fundamentales para la transparencia, como la implementación de políticas de revelación de operaciones con vinculados económicos y conflictos de interés, la adopción de requisitos adicionales a los de ley para determinar la independencia de los miembros de junta directiva, así como adoptar sistemas de remuneración que impliquen componentes variables.

Adicionalmente, en el caso de los conglomerados financieros, es importante que avancen hacia el aprovechamiento de las sinergias que generaran prácticas como la creación de comités dentro de su casa matriz que apoyen a las subordinadas, temas que serán objeto de revisión durante la reglamentación de la ley de conglomerados.

Es importante destacar que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) reconoció los avances de Colombia en materia de Gobierno Corporativo y durante el lanzamiento del Documento de Gobierno Corporativo para Colombia realizado en julio pasado, afirmó que el país ha fortalecido las bases para la promoción de mercados transparentes.

Fuente: SuperFinanciera

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