Proyecto de resolución busca establecer nuevas disposiciones en la facturación electrónica en el sector salud

El Ministerio de Salud y Protección Social presentó un proyecto de resolución* por el cual se pretende adicionar requisitos en la generación de la factura electrónica de venta en el sector salud. Asimismo, se busca establecer disposiciones para la generación y radicación de la facturación electrónica en este sector. Recordemos que en la Ley 1966 de 2019 se determinó que todos los prestadores de servicios de salud están obligados a generar factura electrónica para el cobro de los servicios y tecnologías en salud, la cual deberán presentar ante la DIAN y la entidad responsable de pago con sus soportes correspondientes en los plazos estipulados.
Puntualmente, el proyecto adopta el Anexo Técnico “Campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta”, como requisitos adicionales que deberán cumplir los actores del sector salud en la generación de la factura electrónica de venta. Además, se incluye el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte para el trámite de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en salud. Por último, se establecen disposiciones para su implementación, radicación y trámite.
El proyecto está dirigido a:
- Los prestadores de servicios de salud.
- Los proveedores de tecnologías en salud.
- Las entidades que en el marco de sus funciones legales deban entregar los datos del RIPS al Sistema de General de Seguridad Social en Salud.
- Las entidades promotoras de salud.
- Las entidades adaptadas.
- Las entidades territoriales.
- Las administradoras de riesgos laborales en el componente salud.
- Las compañías de seguros autorizadas para ofrecer pólizas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
- Las entidades que ofrecen planes voluntarios de salud.
- La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
- Las entidades de régimen especial y de excepción.
Podrá enviar sus comentarios hasta el 14 de marzo de 2022 a los correos electrónicos egutierrezm@minsalud.gov.co, grodriguezb@minsalud.gov.co o en la línea telefónica PBX (571) 3305000 Ext: 1921.
Para más información y/o conocer las modificaciones que se proponen, consulte el proyecto en mención a continuación:
*“Por la cual se adopta el Anexo Técnico “Campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta en el sector salud” y se establecen disposiciones para la generación y radicación de la facturación electrónica de venta en el sector salud”.
Redacción INCP