Categoría: Comercial

¿Cómo procede el embargo de las acciones de una sociedad?

Todas las acciones podrán ser objeto de embargo y enajenación forzosa, pero cuando se presuma o se haya pactado el derecho de preferencia, la sociedad o los accionistas podrán adquirirlas de conformidad con lo establecido en el Código de Comercio, igualmente, se entiende que el embargo de las acciones comprenderá el dividendo correspondiente y podrá…
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Cuando se liquide un contrato y el contratista no haya efectuado los pagos a seguridad social se deberán retener las sumas adeudadas

Las Entidades públicas en el momento de liquidar los contratos deberán verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante toda su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran…
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Cuando se liquide un contrato y el contratista no haya efectuado los pagos a seguridad social se deberán retener las sumas adeudadas

Las entidades públicas están obligadas al momento de liquidar los contratos el verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante toda su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas, dado que en los casos en que…
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¿Cuándo procede la imposición de multas por parte de la SIC?

Cuando se presente la violación de cualquiera de las disposiciones sobre protección de la competencia, incluidas la omisión en acatar en debida forma las solicitudes de información, órdenes e instrucciones que imparta, la obstrucción de las investigaciones, el incumplimiento de las obligaciones de informar una operación de integración empresarial o las derivadas de su aprobación…
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Incumplimiento de las obligaciones no puede ocasionar persecución de los bienes de los socios

Dentro del régimen de responsabilidad de una sociedad se debe tener en cuenta que los bienes que pueden ser perseguidos son los que forman parte del patrimonio de la sociedad y que, en definitiva, constituyen la prenda general de los acreedores sociales. En consecuencia, los bienes de los socios no pueden ser perseguidos por causa…
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Incumplimiento de las obligaciones no puede ocasionar persecución de los bienes de los socios

Dentro del régimen de responsabilidad de una sociedad se debe tener en cuenta que los bienes que pueden ser perseguidos son los que forman parte del patrimonio de la sociedad y que, en definitiva, constituyen la prenda general de los acreedores sociales. En consecuencia, los bienes de los socios no pueden ser perseguidos por causa…
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Derecho de preferencia no aplica a las acciones del socio fallecido dentro de una sociedad anónima

Frente a las sociedades anónimas no resulta viable que los accionistas en ejercicio del derecho preferencia pactado en los estatutos, puedan acceder a las acciones del socio fallecido, desconociendo las reglas de orden sucesoral de aplicación imperativa, dicha condición se establece al momento de un divorcio que sea forzoso o voluntario, dado que se deben…
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¿Una sociedad SAS puede constituir acciones sin voto?

Es viable pactar en los estatutos sociales de una S.A.S. que sólo un determinado porcentaje de acciones, mayor o menor, e independientemente de la denominación que se les haya dado, tengan derecho a voto y el resto de las acciones que conforman el capital social de la compañía, no tengan dicho derecho, esto ante la…
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Clubes deportivos solamente pueden ser transformados a sociedades tipo SAS

El legislador estableció expresamente la forma en que los clubes con deportistas profesionales pueden organizarse, aclarando que, en cuanto a tipo societario, solo consagró la posibilidad de constituirse como sociedades anónimas. Lo anterior teniendo en cuenta que la Ley 1445 de 2011 como el numeral 5 del Capítulo IX de la Circular Básica Jurídica, regulan…
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¿Qué se entiende por usufructo?

El usufructo se trata de un derecho real que además de conllevar la facultad de goce del respectivo bien, impone al usufructuario la carga no solo de conservar la cosa, sino también la de “restituirla a su dueño” si se trata de bien no fungible, o la de pagar su valor, en caso contrario.

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