Cuando se liquide un contrato y el contratista no haya efectuado los pagos a seguridad social se deberán retener las sumas adeudadas
Las entidades públicas están obligadas al momento de liquidar los contratos el verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante toda su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas, dado que en los casos en que…
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