Base de cotización para quienes perciban ingresos superiores a 25 SMMLV

El Ministerio del Trabajo presentó el proyecto de decreto “Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2.2.3.1.7 del Decreto 1833 de 2016, a efectos de reglamentar el artículo 5º de la Ley 797 de 2003, que modificó el inciso 4 del artículo 18 de la Ley 100 de 1993, sobre la base de cotización para aquellas personas que perciban ingresos que superen los veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes, que podrá ser hasta de cuarenta y cinco (45) salarios mínimos legales mensuales”.
En el documento, la propuesta concreta es la siguiente:
Límite a la base de cotización a partir de abril de 2022. El límite de la base de cotización del sistema general de salud y de pensiones a partir del mes de abril de 2022, que debe ser pagado a partir de mayo de 2022, para quienes perciban ingresos que superen los veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes, será como máximo de cuarenta y cinco (45) salarios mínimos legales mensuales vigentes, para garantizar en este último sistema, pensiones hasta de veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La base de cotización para el sistema general de pensiones deberá ser la misma que la base de la cotización del sistema general de seguridad social en salud.
El Ministerio de Trabajo recibirá comentarios hasta el 11 de febrero de 2022 a través del correo electrónico rcarrillo@mintrabajo.gov.co
Ver: Proyecto de decreto
Redacción INCP