MinTrabajo precisa los criterios para determinar la condición de primer empleo

El Ministerio del Trabajo publicó la Resolución 0448 de 2022* dando claridad acerca del criterio para determinar la condición de primer empleo y el procedimiento para la verificación de los requisitos exigidos para su certificación. Recordemos que en la Ley 2010 de 2019 se creó la deducción tributaria del primer empleo con la que se benefician aquellos contribuyentes que están obligados a presentar declaración de renta y complementarios, quienes pueden deducir el 120% de los pagos realizados por concepto de salarios, en relación con los empleados menores de 28 años cuando se trate de su primer empleo.
Puntualmente, la resolución adiciona la palabra “cotizante” como factor a tener en cuenta en la determinación de primer empleo. Es decir, para acreditar esta condición la persona no debe registrar afiliación ni cotización como trabajador dependiente o independiente al Sistema Integrado de Seguridad Social previo a su contratación. Por otra parte, se dispone que, en el proceso de verificación de requisitos documentales y legales, las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo podrán consultar y validar los datos necesarios en los sistemas de información oficiales, sin que ello implique una carga adicional al contribuyente con la documentación requerida para la solicitud del certificado.
*“Por la cual se modifican los artículos 4° y 8° de la Resolución 0846 de 2021, que reglamenta La expedición del Certificado de primer Empleo y el registro anualizado de las certificaciones expedidas de que trata el artículo 88 de la Ley 2010 de 2019”.
Redacción INCP