No olvide realizar la renovación de su matrícula mercantil

El Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP le recuerda que se acerca el vencimiento del plazo para renovar la matrícula mercantil: 31 de marzo de 2022. Esta renovación le permite:
- Acceder a formación empresarial.
- Obtener créditos en el sector financiero.
- Ingresar a nuestra base de datos empresarial.
- Cumplir el deber legal de su empresa y evitar sanciones.
Recordemos que, según lo dispuesto en el Decreto 1068 de 2020, las sociedades mercantiles sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Sociedades que no renueven su matrícula mercantil por un término de 3 años o que no envíen la información requerida por dicha Superintendencia durante el mismo término, se presumirán como no operativas y podrán ser declaradas como disueltas, salvo demostración en contrario de su parte.
La Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) dispone canales virtuales para gestionar los siguientes trámites:
- Renovación de matrícula mercantil.
- Renovación de matrícula mercantil y de entidades sin ánimo de lucro (ESAL).
- Inscripción, actualización, renovación y cancelación del Registro Único de Proponentes (RUP).
- Registro, modificación, renovación o cancelación del Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (RUNEOL).
- Actualización o renovación de Registro Nacional de Turismo (RNT).
- Solicitud de certificados.
Para acceder a los canales virtuales dispuestos por la CCB, puede ingresar aquí.
Redacción INCP