Beneficios en la contratación de personas con discapacidad y sanciones por prácticas discriminatorias

Beneficios en la contratación de personas con discapacidad y sanciones por prácticas discriminatorias

El Ministerio del Trabajo, en pro de promover la inclusión social, ha reglamentado los siguientes beneficios legales para las empresas que vinculen a personas en condición de discapacidad:

  • Según los Decretos 392 de 2018 y 1279 del 2021, estas empresas obtienen un puntaje adicional en la contratación pública.
  • Según la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1860 del 2021, estas empresas obtienen preferencia en la adjudicación de la contratación estatal.
  • Deducción de la renta del 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o periodo gravable de los trabajadores con discapacidad, por todo el tiempo que dure la relación laboral.
  • Disminución de la cuota de aprendices que está obligado a contratar el trabajador hasta en un 50%.

Recordemos que cualquier práctica o acto de discriminación entendido como lenguaje peyorativo o el uso de las expresiones como “discapacitados”, “limitados” no se considera incluyente y es sancionable en los términos de la Ley 361 de 1997, la Ley 1010 de 2006 y la Ley 1752 de 2015.

Redacción INCP

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