Resolución transitoria de medidas para mercancías con destino a la Zona del Régimen Aduanero Especial de Maicao

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó la Resolución 000039 de 2022, “Por la cual se modifica el artículo 2 de la Resolución 145 de 2021”. Mediante esta resolución se establecen medidas transitorias con destino a la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao.
El 30 de septiembre de 2022 se estableció como fecha límite para la introducción de mercancías a la Zona del Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure. Estas mercancías serán consignadas a asociaciones, cooperativas o comerciantes ubicados en dicha zona e ingresarán por los aeropuertos: Rafael Núñez de Cartagena, Ernesto Cortissoz de Barranquilla, Simón Bolívar de Santa Marta, Almirante Padilla de Riohacha y demás puertos habilitados en las mismas jurisdicciones aduaneras, para lo cual no requerirán presentación de declaración de tránsito aduanero.
La resolución establece, como requisito para el importador, informar con una antelación de 5 días para trayectos cortos y 10 días para trayectos largos a la dirección seccional de impuestos y aduanas de la jurisdicción del lugar de ingreso de las mercancías, el destino de la zona del régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure. Además, notificará:
- Su información como importador.
- La dirección del establecimiento comercial.
- El documento de transporte.
- El lugar de ingreso.
- La fecha posible de arribo de la mercancía.
- La información de la factura y del proveedor.
- El país de procedencia.
- La información sobre la cantidad, valor y descripción genérica de las mercancías.
Ver: Resolución 000039 de 2022
Redacción INCP