MinTrabajo actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas

El Ministerio del Trabajo publicó el Decreto 768 de 2022* por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas que será de aplicación para los afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL), las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Para esta actualización se toma como referencia la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, revisión 4, adaptada para Colombia – CIIU Rev. 4. A.C.
Algunas disposiciones del decreto son las siguientes:
- Se exceptúa del ámbito de aplicación a los trabajadores independientes que se afilien voluntariamente al Sistema General de Riesgos Laborales.
- Cuando una actividad económica no se encuentre en la tabla, la empresa y la ARL la clasificará de acuerdo con la actividad más afín. Para esto se deberá tener en cuenta el peligro y riesgo laboral, las materias primas, los materiales o insumos que se utilicen, los medios de producción, procesos, almacenamiento y transporte.
- Cuando por efecto de esta actualización, la clase de riesgo de la empresa sea modificada, esta deberá cotizar por el valor inicial que le corresponda conforme con lo previsto en el artículo 2.2.4.3.5 del Decreto 1072 de 2015 o la norma que lo modifique o sustituya.
*“Por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones”.
Ver: Decreto 768 de 2022
Redacción INCP