Nueva ley normaliza los tiempos de respuesta de los derechos de petición

Nueva ley normaliza los tiempos de respuesta de los derechos de petición


El Congreso de la República expidió la Ley 2207 de 2022 “Por medio del cual se modifica el Decreto Legislativo 491 de 2020”, el cual fue proferido durante la declaración del estado de emergencia económica, social y ecológica por causa de la pandemia de COVID-19. La ley deroga el artículo 5 del Decreto Legislativo, el cual extendía el término de respuesta de los derechos de petición. Ahora, los tiempos de respuesta vuelven a ser los que establece el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011, estos son:

  • Término general de 15 días a partir de la recepción del derecho de petición.
  • Término especial de 10 días a partir de la recepción de las peticiones de documentos y de información.
  • Término especial de 30 días a partir de la recepción de las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo.

Ver: Ley 2207 de 2022 

Redacción INCP

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