No olvide realizar la actualización anual de datos ante la JCC
El INCP le recuerda a todas las partes interesadas que por medio de la Resolución 973 de 2015, se determinó que los contadores públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable, a los que se les haya expedido la tarjeta profesional o tarjeta de registro profesional, deben actualizar los datos registrados en la página web de la Junta Central de Contadores (JCC) antes del 1 de marzo de cada año.
Tenga presente que en caso de no realizar esta actualización, los certificados de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios contendrán una anotación del incumplimiento de la obligación de actualizar, sin que ello invalide el registro del contador público o de las entidades que presten servicios de la ciencia contable y la información contenida en el mismo. Si usted no presenta cambio alguno en sus datos de actualización, de igual manera deberá ingresar a la página web de la JCC y confirmar la información previamente registrada.
Para más información, ingrese aquí.
Redacción INCP