Se amplió el plazo para el reporte de los estándares mínimos de riesgos laborales

El Ministerio del Trabajo (MinTrabajo) expidió la Resolución No. 0015 del 21 de febrero de 2024, por medio de la cual amplió el plazo -hasta el 15 de abril de 2024- para registrar el reporte de autoevaluación de estándares mínimos de riesgos laborales.
Recordemos que todas las empresas deberán realizar el registro anual de estándares mínimos de seguridad y salud en el trabajo ante el MinTrabajo, según lo establecido en la Resolución No. 0312 de 2023* y la Circular 093 de 2023**. El plazo inicial para este había sido establecido hasta el 29 de marzo de 2024.
Los estándares mínimos hacen referencia a procesos que deben implementar las compañías basándose en la mejora continua de políticas de organización, planificación, acciones de mejora, evaluación y valoración de los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Resolución No. 0015 del 21 de febrero de 2024 – MinTrabajo
*Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
**Asunto: Registro anual de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST
Redacción INCP