Conozca la nueva ley contra el acoso sexual en el ámbito laboral
El Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE) publicó la Ley No. 2365 del 20 de junio de 2024*, con la cual se adoptan medidas de prevención, protección y atención del acoso sexual en el ámbito laboral.
Para efectos de esta ley, se entenderá por ‘acoso sexual laboral’ todo acto de persecución, hostigamiento o asedio de carácter o connotación sexual, lasciva o libidinosa que se manifieste por relaciones de poder mediadas por la edad, el sexo, el género, la orientación e identidad sexual o la posición laboral, social o económica, que se presente una o varias veces en contra de otra persona en el contexto laboral. En este sentido, dicho contexto incluye las interacciones entre trabajadores, agentes, empleadores, contratistas de prestación de servicios, pasantes, practicantes y demás personas que colaboran en una organización.
Así bien, con el fin de brindar un espacio de trabajo seguro, los empleadores deberán cumplir con las siguientes obligaciones para prevenir, investigar y sancionar el acoso sexual en el contexto laboral:
- Crear una política de prevención que se vea reflejada en el reglamento interno de trabajo, los contratos laborales, protocolos y rutas de atención contra el acoso sexual en el contexto laboral, la cual debe ser ampliamente difundida.
- Garantizar los derechos de las víctimas, y establecer mecanismos para atender, prevenir y brindar garantías de no repetición frente al acoso sexual dentro de su ámbito de competencia.
- Implementar las garantías de protección inmediata para evitar un daño irremediable dentro de su ámbito de competencia.
- Informar a la víctima su facultad de acudir ante la Fiscalía General de la Nación.
- Evitar la realización de labores que impliquen interacción alguna con la persona investigada.
- Terminar el contrato de trabajo, o la vinculación contractual existente, por parte del trabajador o contratista, cuando así lo manifieste de forma expresa, sin que opere ninguna sanción por concepto de preaviso.
- Mantener la confidencialidad de la víctima y su derecho a la no confrontación.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Ley No. 2365 del 2024 – DAPRE
*Por medio de la cual se adoptan medidas de prevención, protección y atención del acoso sexual en el ámbito laboral y en las instituciones de educación superior en Colombia y se dictan otras disposiciones.
Redacción INCP