¿Cuáles son los topes para determinar la obligación de tener revisor fiscal?

¿Cuáles son los topes para determinar la obligación de tener revisor fiscal?

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto 0317 de 2024, por medio del cual precisó los topes que establecen la obligación a cargo de las unidades empresariales de contar con revisor fiscal. Así pues, el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990 señala que las sociedades comerciales, quienes al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior cuenten con activos brutos iguales o superiores 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) o que sus ingresos brutos sean iguales o superiores a 3.000 SMMLV, están en la obligación de tener revisor fiscal.

Estos topes, recalca el órgano normalizador, se toman con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior como lo indica la norma citada, independientemente que durante el curso del mismo ejercicio sus activos o ingresos hayan sido iguales o superado los topes establecidos. Lo importante no son las cifras alcanzadas en el transcurso del ejercicio, sino, la que se obtiene cerrando el ejercicio.

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Concepto 0317 de 2024 – CTCP

Redacción INCP