CTCP aclara responsabilidad del contador en conciliaciones bancarias

CTCP aclara responsabilidad del contador en conciliaciones bancarias

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) publicó el Concepto No. 0443 de 2024, en el que se pronunció sobre la responsabilidad del contador en la realización de las conciliaciones bancarias y las implicaciones de una conciliación bancaria incorrecta.

Al respecto, el CTCP absolvió la siguiente consulta textual: “Solicitó aclaración sobre en quién recae la responsabilidad de realizar la conciliación bancaria cuando una PYME tiene contratado el manejo de su contabilidad mediante un contrato de prestación de servicios. ¿Es el contador que presta el servicio o la empresa contratante?”.

Ante esto, el CTCP aclaro que, si el contrato de prestación de servicios establece explícitamente que la conciliación bancaria es parte de las funciones del contador, esta labor será responsabilidad del contador. En este caso, el contador debe realizar las conciliaciones de manera precisa y periódica, asegurándose de cumplir con las normas contables aplicables. Además, dado que la conciliación bancaria es un control interno esencial, el contador debe identificar con diligencia cualquier discrepancia, error o posible fraude. Sin embargo, aclaró que, aunque el contador sea quien realice las conciliaciones, la responsabilidad última de la contabilidad recae sobre los administradores de la entidad.

Sobre las implicaciones de una conciliación bancaria incorrecta, el CTCP absolvió la siguiente consulta textual: “¿Cuáles son las implicaciones legales y profesionales para un contador en caso de que no se realice la conciliación bancaria de acuerdo con las normas contables estipuladas en Colombia?”.

Ante esto, el CTCP afirmó que la omisión o realización incorrecta de una conciliación bancaria puede tener implicaciones legales, profesionales y financieras para un contador público en Colombia. Entre otras, se pueden señalar:

  • El contador público podría enfrentar sanciones de la Junta Central de Contadores (JCC) por falta de diligencia profesional, incumplimiento de funciones, desatención de las normativas vigentes o por demostrar insuficiente competencia y experiencia profesional.

  • Si las conciliaciones bancarias incorrectas resultan en inexactitudes en declaraciones tributarias, el contador público podría ser investigado por las autoridades fiscales, lo que podría llevar a sanciones económicas o legales.

  • La incorrecta proyección de conciliaciones bancarias puede provocar pérdidas económicas, afectar la planificación corporativa y llevar a decisiones empresariales erróneas basadas en información financiera que no refleja adecuadamente la realidad económica. Esto podría resultar en responsabilidades civiles, penales o económicas contra el responsable.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto No. 0443 de 2024 – CTCP

Redacción INCP


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