Se reglamentarían los incentivos de la Ley de segundas oportunidades

El Ministerio del Trabajo (MinTrabajo) publicó para comentarios un proyecto de resolución* por medio del cual se establecerían los procedimientos para consolidar y validar la información de las empresas y trabajadores que se acogerán a los beneficios de que tratan los artículos 6 y 7 de la Ley 2208 de 2022**(en adelante, Ley).
Recordemos que la mencionada ley otorga beneficios tributarios y económicos a las empresas que contraten a personas pospenadas o que estén cumpliendo pena con autorización de trabajo, con el fin de promover su inclusión laboral y resocialización.
El proyecto de resolución propone que:
El ‘Reporte de información beneficiarios artículos 6 y 7 Ley segundas oportunidades’ sería el mecanismo para validar la información de las empresas y trabajadores que aplicarán a los beneficios de la Ley.
Las empresas interesadas en aplicar los incentivos tributarios y económicos establecidos en la Ley tendrían que diligenciar el formulario que se dispondrá en la página del MinTrabajo.
Los empleadores que vinculen personas pospenadas o que estén cumpliendo pena con autorización de trabajo, accederán por un periodo de dos años a los incentivos tributarios y económicos previstos en la Ley.
Los incentivos se perderán cuando la empresa desvincule laboralmente a las personas por las cuales accedió al incentivo, o cuando haya suministrado información falsa para su reconocimiento.
El MinTrabajo recibirá comentarios sobre este proyecto hasta el 7 de mayo por medio del siguiente enlace.
Para más detalles, consulte el documento a continuación.
Ver: Proyecto de resolución – MinTrabajo
*” Por el cual se establece el procedimiento para la consolidación y envío mensual del ‘Reporte de información beneficiarios artículos 6 y 7 Ley segundas oportunidades’ conforme a lo dispuesto en la Ley 2208 de 2022”.
**” Por medio del cual se establecen incentivos económicos para fortalecer el acceso y las oportunidades en empleo y formación para la población pospenada y se dictan otras disposiciones – Ley segundas oportunidades”.
Redacción INCP