Se reglamentaría la disolución de las ESAL que no cumplan con sus obligaciones formales

Se reglamentaría la disolución de las ESAL que no cumplan con sus obligaciones formales

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) publicó para comentarios un proyecto de decreto* que propone reglamentar el artículo 86 de la Ley 2294 de 2023** Plan Nacional de Desarrollo (2022–2026), en en relación con el procedimiento para la disolución y cancelación de las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) que no cumplan con sus obligaciones de registro o información.

La propuesta normativa establece los criterios para que las autoridades de inspección, vigilancia y control declaren de oficio la disolución de las ESAL que:

  • No se hayan registrado ante la cámara de comercio en los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley 2294 de 2023.

  • No hayan renovado su matrícula mercantil durante 3 años consecutivos.
  • No hayan enviado la información solicitada por la autoridad de inspección, vigilancia y control (IVC) durante 3 años consecutivos.

EL MINCIT recibirá comentarios sobre este proyecto hasta el 19 de junio de 2025 a través de los correos electrónicos ammorales@supersociedades.gov.co y direccionjuridica@mininterior.gov.co.

Para más detalles, consulte el documento a continuación.

Ver: Proyecto de decreto – disolución ESAL – MINCIT

*”Continuación del Decreto Por el cual se reglamenta el artículo 86 de la Ley 2294 de 2023”.

**”Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia potencia mundial de la vida”.

Redacción INCP


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