El número de tarjeta profesional es obligatorio en actos de los contadores públicos

El número de tarjeta profesional es obligatorio en actos de los contadores públicos

Por medio del Concepto 0195 de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) reiteró que todo acto profesional realizado por un contador público debe estar suscrito con su firma y el número de su tarjeta profesional, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 43 de 1990*.

Según el CTCP, esta obligación aplica a todas las actividades relacionadas con la ciencia contable, incluida la organización, revisión y control de contabilidades, certificación de estados financieros, revisoría fiscal y servicios de auditoría, así como cualquier actividad conexa que implique dar fe pública sobre hechos económicos.

Ver: Concepto 0195 de 2025

*Por la cual se adiciona la Ley 145 de 1960, reglamentaria de la profesión de Contador Público y se dictan otras disposiciones.

Redacción INCP


HTML Snippets Powered By : XYZScripts.com