¿Es aplicable en Colombia la NIA para Entidades Menos Complejas?

Por medio del Concepto 0221 de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) precisó que la Norma Internacional de Auditoría para Entidades Menos Complejas (NIA para EMC) aún no hace parte del marco técnico contable colombiano.
El organismo normalizador también explicó que, durante el primer semestre de 2025, y con el apoyo de su Comité Técnico de Aseguramiento (CTA), ha venido evaluando la viabilidad de incorporar esta norma al marco normativo contable colombiano. Dicho análisis incluye la identificación de posibles conflictos del estándar con las disposiciones legales vigentes y la viabilidad de su aplicación para entidades con estructuras operacionales menos complejas.
El CTCP espera abrir en el transcurso del segundo semestre de 2025 un proceso de discusión pública sobre la conveniencia de adoptar la NIA para EMC.
Finalmente, se subrayó que, mientras esta norma no esté vigente en Colombia, los revisores fiscales y auditores deben seguir aplicando las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) vigentes (artículo 7 de la Ley 43 de 1990** y Anexo 4-2019 del Decreto 2420 de 2015).
Para más detalles, consulte el concepto del CTCP a continuación.
Ver: Concepto No. 022566 – CTCP
*Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información y se dictan otras disposiciones.
**Por la cual se adiciona la Ley 145 de 1960, reglamentaria de la profesión de Contador Público y se dictan otras disposiciones.
Redacción INCP