MINHACIENDA propone nuevo marco prudencial para los Fondos de Empleados

MINHACIENDA propone nuevo marco prudencial para los Fondos de Empleados

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MINHACIENDA) publicó para comentarios un proyecto de decreto, el cual propone modificar el Decreto 1068 de 2015* para actualizar y fortalecer la regulación de los Fondos de Empleados en Colombia, esto con el fin de garantizar mayor solidez financiera, una supervisión proporcional a los riesgos administrados y una mejor protección para los asociados.

Puntualmente, se proponen cambios en la clasificación de los fondos de empleados, operaciones autorizadas, normas prudenciales aplicables, límites de concentración de aportes y solicitud de información corporativa, ajustando el régimen vigente a estándares internacionales de solvencia y gestión de riesgos.

La clasificación de los fondos de empleados se haría en tres categorías:

  1. Básica: fondos con activos de hasta 3.600 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
  2. Intermedia: fondos con activos entre 3.600 SMMLV y 10.000 SMMLV.
  3. Plena: fondos con activos superiores a 10.000 SMMLV.

Esta clasificación permitiría aplicar exigencias diferenciadas de patrimonio, solvencia y gestión, y sería revisada anualmente por la Superintendencia de la Economía Solidaria.

El proyecto decreto también propone ampliar y organizar las operaciones autorizadas, incluyendo la captación de ahorro, el otorgamiento de créditos, la adquisición de cartera y el manejo de instrumentos financieros tales como CDT, siempre bajo los límites prudenciales establecidos.

En materia de solvencia y normas prudenciales, se propone:

  • Definir reglas claras sobre patrimonio básico y adicional, relaciones mínimas de solidez y ponderación de activos según el riesgo, junto con restricciones en el uso de ciertas garantías para respaldar operaciones.

  • Fijar límites de concentración de crédito, evitando que un fondo destine recursos de manera excesiva a un solo asociado o grupo económico.

  • Reforzar los deberes de información y gobierno corporativo, con reportes periódicos sobre riesgos, cumplimiento y gestión financiera, además de la obligación de divulgar de manera inmediata cualquier evento que comprometa la liquidez o estabilidad del fondo.

El proyecto establece un régimen de transición de 36 meses para que los Fondos de Empleados se adapten a las nuevas disposiciones, el cual entraría en vigor a partir de la publicación del decreto.

Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el 7 de octubre de 2025 por medio del siguiente formulario.

Para más información, consulte el proyecto de decreto de MINHACIENDA a continuación

Ver: Proyecto decreto por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 – MINHACIENDA

Redacción INCP

*Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.


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