DIAN precisó el alcance del mecanismo para corregir errores formales en declaraciones tributarias

DIAN precisó el alcance del mecanismo para corregir errores formales en declaraciones tributarias

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió el Concepto 14396 de 2025, en el que analizó si un contribuyente puede aplicar al mecanismo del artículo 43 de la Ley 962 de 2005* para corregir errores formales cuando, al presentar una corrección de su declaración de renta, omite registrar nuevamente un saldo a favor imputado en la declaración original.

La administración tributaria explicó que el artículo 43 de la Ley 962 de 2005* establece un mecanismo especial para corregir errores puramente formales o inconsistencias en las declaraciones tributarias. Este procedimiento permite ajustar datos de diligenciamiento que no tengan impacto en la determinación de la obligación tributaria, y puede aplicarse en cualquier momento, de oficio o a solicitud del contribuyente, sin imposición de sanciones.

Teniendo en cuenta lo anterior, la DIAN concluyó que el mecanismo es jurídicamente procedente para subsanar la omisión en la imputación del saldo a favor, siempre que se trate de un error formal y que su corrección no modifique aspectos sustanciales del impuesto. Para ello, deben cumplirse las siguientes condiciones:

  • El saldo a favor omitido no se ha solicitado en devolución ni en compensación.
  • El saldo a favor actual no proviene de la aceptación de una glosa dentro de una actuación administrativa.

  • La imputación se corrige de forma total y no fragmentada.
  • Su inclusión no altera los elementos estructurales de la obligación tributaria.

El concepto también aclara que este mecanismo es distinto de las autocorrecciones previstas en los artículos 588 y 589 del Estatuto Tributario, las cuales sí implican modificaciones sustanciales en la determinación del impuesto.

Para más información, consulte el documento a continuación

Ver: Concepto 14396 de 2025 – DIAN.

Redacción INCP

* Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.