Mintrabajo definió criterios para la asignación de incentivos del programa “Empleos para la Vida”
El Ministerio del Trabajo (Mintrabajo) expidió la Resolución 4154 del 30 de octubre de 2025*, mediante la cual estableció los criterios de priorización del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales, correspondiente al programa “Empleos para la Vida”. Esta medida busca optimizar el uso de los recursos públicos disponibles y garantizar que el apoyo llegue a las poblaciones con mayores condiciones de vulnerabilidad laboral.
El programa tiene fundamento en el artículo 24 de la Ley 2155 de 2021** y en el artículo 79 de la Ley 2294 de 2023***, normas que crearon y ampliaron el incentivo con el fin de promover la generación y sostenimiento del empleo formal en el país. El beneficio está dirigido a los empleadores que generen nuevos puestos de trabajo mediante la vinculación de trabajadores adicionales y permite cubrir parcialmente costos laborales como los aportes a seguridad social y parafiscales.
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Resolución 2200 de 2024****, que define los procesos y las condiciones a las que deberán sujetarse las entidades involucradas con ocasión del otorgamiento del beneficio del programa y de esta manera realizará la priorización de solicitudes aplicando el siguiente orden establecido en la resolución mencionada:
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Personas con discapacidad que no hayan sido cotizantes en los últimos cuatro meses y estén contratadas por un periodo no inferior a seis meses o que hayan sido beneficiarias del Mecanismo de Protección al Cesante.
- Jóvenes entre 18 y 28 años que cumplan con las mismas condiciones anteriores.
Mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta tres salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y cumplan con las mismas condiciones anteriores.
Hombres mayores de 28 años que devenguen hasta tres SMMLV y cumplan con las mismas condiciones anteriores.
- Personas con discapacidad.
- Jóvenes entre 18 y 28 años.
- Mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta tres SMMLV.
- Hombres mayores de 28 años que devenguen hasta tres SMMLV.
El Mintrabajo precisó que, debido a este proceso de priorización, la aprobación del incentivo podrá ser parcial, es decir, que del total de empleados identificados como ‘conformes’ ─es decir, que cumplen los requisitos─, se asignará la aprobación a los cotizantes de acuerdo con el orden mencionado anteriormente.
Para más información, consulte el documento a continuación.
Ver: Resolución 4154 de 2025 – Mintrabajo
Redacción INCP
* Por la cual se establecen criterios de priorización del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales (Programa Empleos para la Vida).
** Por medio de la cual se expide la ley de inversión social y se dictan otras disposiciones.
*** Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”
**** Por la cual se definen los procesos y las condiciones a las que deberán sujetarse las entidades involucradas con ocasión del otorgamiento del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales (Programa Empleos para la Vida), las reglas y el procedimiento de postulación.





