Mintrabajo propone reforzar el control a la tercerización laboral ilegal

Mintrabajo propone reforzar el control a la tercerización laboral ilegal

El Ministerio del Trabajo (Mintrabajo) publicó para comentarios un proyecto de decreto que propone ajustes al Decreto 1072 de 2015*, mejor conocido como ‘Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo’ para fortalecer la formalización laboral y la protección de los derechos de las personas trabajadoras, buscando prevenir, identificar y sancionar prácticas de tercerización e intermediación laboral ilegales en el país.

El proyecto propone definiciones y criterios para determinar cuándo existe tercerización laboral legal y cuándo esta se configura como una práctica ilegal. La tercerización sería legal cuando el contratista cuente con una organización propia y asuma el encargo con autonomía técnica, administrativa y financiera. Por el contrario, sería considerada ilegal, cuando el contratista no tenga estructura productiva propia o cuando su personal esté subordinado directamente a la empresa contratante o beneficiaria del servicio.

Puntualmente, se establecería un conjunto de indicios para que la autoridad laboral, los empleadores y los empleados, puedan identificar posibles casos de tercerización indebida, tanto por la ausencia de organización del contratista como por situaciones que evidencien subordinación frente a la empresa beneficiaria.

El proyecto reafirma que las empresas de servicios temporales no pueden ser utilizadas para cubrir necesidades permanentes de las empresas usuarias. Su actuación se limita exclusivamente a atender las necesidades temporales y excepcionales contempladas en el artículo 77 de la Ley 50 de 1990**.

La propuesta también contempla las medidas preventivas y correctivas que podrá adoptar el Mintrabajo, encaminadas al cese de la vulneración de derechos laborales por tercerización ilegal, tales como la orden de vinculación directa del personal, la terminación de contratos civiles o comerciales irregulares, la regularización de condiciones laborales y de seguridad social, la presentación de planes de cumplimiento o la suspensión temporal de actividades.

Finalmente, se establecería que las empresas o entidades que incurran en prácticas de tercerización o intermediación laboral ilegal serán sancionadas conforme a lo previsto en el Código Sustantivo del Trabajo, de acuerdo con el régimen establecido por la Ley 1610 de 2013***.

Los interesados podrán enviar sus comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 7 de diciembre de 2025 en el siguiente enlace.

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Proyecto de decreto tercerización laboral ilegal – Mintrabajo

Redacción INCP

* Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

** Por la cual se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones.

*** Por la cual se regulan algunos aspectos sobre las inspecciones del trabajo y los acuerdos de formalización laboral.