MINCIT incorporó la Economía Popular al régimen de zonas francas
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) expidió el Decreto 1317 de 2025, con el cual se incorporan las unidades productivas de la Economía Popular* al régimen de zonas francas. La medida introduce dos cambios centrales que amplían el acceso de dichas unidades productivas a servicios especializados, condiciones logísticas y escenarios de crecimiento empresarial:
- Creación de las Zonas Francas Permanentes Especiales de Economía Popular
- Ampliación de las zonas francas del régimen general
Esta figura permite que las unidades productivas de la Economía Popular (unipersonales, familiares, micronegocios, entre otros.) cuenten con beneficios tributarios y operativos para fortalecer y diversificar sus actividades.
El decreto en mención establece que estas zonas deberán vincular unidades productivas de la Economía Popular como proveedoras de bienes y servicios, creando nuevos encadenamientos productivos y ampliando la participación de pequeños negocios en procesos de mayor escala.
Con estos ajustes, las unidades productivas de la Economía Popular podrán acceder a infraestructura, estándares de calidad y procesos que incrementan su capacidad de producir, transformar y agregar valor.
Según la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales, la decisión facilita rutas de formalización, crecimiento y competitividad para las unidades productivas que hacen parte de la Economía Popular. En línea con este propósito, el MINCIT implementará programas de asistencia técnica y formación para fortalecer capacidades productivas, organizativas y comerciales, así como para facilitar el acceso a mercados y financiamiento.
Sectores como el de las confecciones destacaron que la medida impulsa la integración productiva y fortalece la reindustrialización territorial. De acuerdo con Guillermo Elías Criado, presidente de la Cámara Colombiana de la Confección, el decreto convierte a las zonas francas en plataformas que amplían oportunidades para las unidades económicas de menor escala.
Para más información, consulte el informe a continuación.
Ver: Decreto 1317- MINCIT
Redacción INCP
*Según el Decreto 2185 de 2023, se trata de «los oficios y ocupaciones mercantiles (producción, distribución y comercialización de bienes y servicios) y no mercantiles (domésticas o comunitarias) desarrolladas por unidades económicas de baja escala (personales, familiares, micronegocios o microempresas), en cualquier sector económico”.





