IPSASB incorpora interpretaciones del CINIIF en sus normas

IPSASB incorpora interpretaciones del CINIIF en sus normas

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés) publicó una serie de enmiendas a las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) basadas en interpretaciones del Comité de Interpretaciones de las NIIF (CINIIF). Esta actualización forma parte del proyecto del IPSASB de alinear las NICSP con las NIIF para garantizar coherencia en la aplicación de los principios contables en el sector público.

Como parte de este proceso, IPSASB revisó siete interpretaciones de CINIIF y determinó que cuatro de ellas eran relevantes para el sector público:

  • NICSP 19 – Provisiones, pasivos y activos contingentes: se incorporó una orientación basada en la CINIIF 1 referente a la contabilización de cambios en estimaciones de pasivos relacionados con el desmantelamiento, retiro y restauración de activos. Además, se incluyó la interpretación de la CINIIF 5 para precisar el tratamiento contable de obligaciones de pago y derechos en fondos de desmantelamiento y rehabilitación ambiental.

  • NICSP 43 – Arrendamientos y NICSP 45 – Propiedades, planta y equipo: se incluyeron aclaraciones sobre el reconocimiento de cambios en pasivos de desmantelamiento y restauración vinculados a activos arrendados o propiedades del sector público.

  • NICSP 10 – Información financiera en economías hiperinflacionarias: se incorporó la orientación de la CINIIF 7 para clarificar el proceso de identificación de una economía hiperinflacionaria cuando no lo era en el periodo anterior, asegurando una aplicación coherente del método de reexpresión.

  • NICSP 39 – Beneficios a los empleados: se adoptó la interpretación de la IFRIC 14 para especificar los requisitos mínimos de financiación al contabilizar planes de beneficios post-empleo.

Ante esto, Ian Carruthers, presidente del IPSASB, destacó: “Al integrar interpretaciones seleccionadas del CINIIF que son relevantes para el sector público, fortalecemos la coherencia y facilitamos la comparabilidad entre jurisdicciones, reforzando la transparencia, la rendición de cuentas y la confianza en la gestión financiera pública a nivel mundial”.

Las mencionadas enmiendas entrarán en vigor a nivel internacional a partir del 1 de enero de 2026, permitiendo su aplicación anticipada.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Enmiendas a las NICSP con base en las IFRIC – IPSASB

Redacción INCP


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