Rangos de avalúo comercial del impuesto de vehículos 2026
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MINHACIENDA) expidió el Decreto 1457 de 2025*, mediante el cual reajustó los valores absolutos que sirven de base para la aplicación de las tarifas del impuesto sobre vehículos automotores para el año gravable 2026.
A partir del 1 de enero de 2026, los rangos de avalúo de los vehículos particulares quedaron definidos así:
| Rango de avalúo comercial | Tarifa |
| Hasta $ 57.349.000 | 1,5 % |
| Más de $ 57.349.000 hasta $ 129.032.000 | 2,5 % |
| Mas de $ 129.032.000 | 3,5 % |
Recordemos que el mencionado decreto fue expedido en atención a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 242 de 1995**, según la cual, la actualización de valores sujetos a determinación legal debe considerar la meta de inflación del año de aplicación. En ese sentido, el ajuste de los rangos de avalúo comercial tiene como referencia la meta de inflación del 3 % para 2026, reiterada por la Junta Directiva del Banco de la República mediante comunicado del 28 de noviembre de 2025.
Para más información, consulte el documento a continuación.
Ver: Decreto 1457 de 2025 – MINHACIENDA
Redacción INCP
* Por el cual se reajustan los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 de la Ley 488 de 1998, para el año gravable 2026.
** Por la cual se modifican algunas normas que consagran el crecimiento del índice de precios al consumidor del año anterior como factor de reajuste de valores, y se dictan otras disposiciones.





