Autorretención de renta reemplaza autoretención CREE

Autorretención de renta reemplaza autoretención CREE

tributarioDesde la aprobación de la reforma tributaria a final del año pasado y a partir del primero de enero de 2017, se eliminó el Impuesto sobre Renta para la Equidad CREE y, por ende, no se aplica más la Autorretención a título del Impuesto sobre la Renta para la equidad CREE. Ahora empieza a regir una Autorretención del Impuesto sobre la Renta, que debe declararse en el Formulario 350 correspondiente a la “Declaración de Retención en la Fuente”.

Las fechas para este gravamen son las siguientes:

Si el último dígito es Mes de enero hasta el día
0 8 de febrero de 2017
9 9 de febrero de 2017
8 10 de febrero de 2017
7 13 de febrero de 2017
6 14 de febrero de 2017
5 15 de febrero de 2017
4 16 de febrero de 2017
3 17 de febrero de 2017
2 20 de febrero de 2017
1 21 de febrero de 2017

Redacción INCP a partir del artículo publicado por el DIAN 

Para mayor información, puede revisar el artículo titulado “Autorretención renta reemplaza autorretención CREE” de la fuente DIAN.

Autorretención renta reemplaza autorretención CREE

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, reitera a todos los autorretenedores que desde el pasado 1 de enero de 2017, la Ley 1819 en su Artículo 376 eliminó el Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE, y en consecuencia derogó la Autorretención a título del Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE.

Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2017 el Autorretenedor debe practicar una Autorretención del Impuesto sobre la Renta, que debe declararse mensualmente en el Formulario 350, correspondiente a la “Declaración de Retención en la Fuente” – casilla 74 “Otros conceptos” (Artículo 1.2.6.6 del Decreto 1625 de 2016).

Tenga en cuenta que esta Autorretención del Impuesto sobre la Renta aplica únicamente para los contribuyentes responsables del Impuesto sobre la Renta que cumplan las siguientes condiciones:

  1. Que sean sociedades nacionales, extranjeras o establecimientos permanentes, y
  1. Que estén exentos del pago de aportes a la seguridad social y parafiscales, respecto de sus trabajadores que devenguen un salario inferior a 10 SMMLV.

Consulte aquí las tarifas y actividades económicas sobre las cuales aplica la Autorretención (Artículo 1.2.6.8.).

Recuerde que esta Autorretención es diferente a la que se autoriza por parte de la DIAN mediante Resolución y se declara en las casillas 70 a 72 del Formulario 350 “Declaración de Retención en la Fuente”. (Parágrafo 1 artículo 368 Estatuto Tributario).

A continuación se encuentran los plazos para declarar y pagar esta autorretención, así como las Retenciones en la Fuente correspondientes al mes de enero de 2017 que inician el próximo 8 de febrero, de acuerdo con el último digito del NIT, sin tener en cuenta el digito de verificación:

Si el último dígito es Mes de enero hasta el día
0 8 de febrero de 2017
9 9 de febrero de 2017
8 10 de febrero de 2017
7 13 de febrero de 2017
6 14 de febrero de 2017
5 15 de febrero de 2017
4 16 de febrero de 2017
3 17 de febrero de 2017
2 20 de febrero de 2017
1 21 de febrero de 2017

Fuente: La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN

2 Responses

  1. hugo ernesto cabrera dice:

    Si a una emprese por su facturacion, le descuentan el 4 por ciento de retencion por servicios, esa misma empresa debe presentar el formulario 350 y liquidar la autoretencion, y como descuenta el valor que le han descontado por concepto de retencion en la fuente

  2. miguel francisco mantilla martinez dice:

    Buenas noches… Tengo 2 inquietudes:

    1) tiene que cumplir con las 2 condiciones o una de las dos para aplicar autoretención

    2) solo aplica para sociedades?…en el primer articulo del decreto mencionan adicionalmente, contribuyentes del impuesto de renta ( es decir… las personas naturales? )entrarían?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

HTML Snippets Powered By : XYZScripts.com