Rentas exentas asociadas a vivienda de interés social e interés social prioritario

Rentas exentas asociadas a vivienda de interés social e interés social prioritario

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda), compartió para comentarios, proyecto de decreto, “Por el cual se reglamenta el numeral 4 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario y se adiciona la sección 1 al capítulo 22 del título 1 de la parte 2 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

Esta norma– dirigida a los contribuyentes del impuesto sobre la renta que obtengan rentas asociadas a la vivienda de interés social y la vivienda de interés prioritario- pretende reglamentar los literales a), b) y c) del numeral 4 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario; así las cosas, se establecen los requisitos para la procedencia de la exención del impuesto sobre la renta en (i) la enajenación de predios destinados al desarrollo de proyectos de vivienda de interés social y/o de vivienda de interés prioritario, (ii) la enajenación de viviendas de interés social y/o de interés prioritario y (iii) la enajenación de predios para el desarrollo de proyectos de renovación urbana.

Usted podrá enviar sus comentarios sobre este proyecto de normatividad hasta el próximo sábado 6 de abril de 2019, a través de este enlace.

Ver: Proyecto de Decreto

Redacción INCP

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