MinHacienda reglamenta rentas exentas asociadas a vivienda de interés social e interés social prioritario

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda) dejó en firme el Decreto 1070 del 13 de junio de 2019, “Por el cual se reglamenta el numeral 4 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario y se adicionan los artículos 1.2.1.22.44., 1.2.1.22.45. Y 1.2.1.22.46. al capítulo 22 del título 1 de la parte 2 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.
Esta norma, dirigida a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta que obtengan rentas asociadas a la vivienda de interés social y la vivienda de interés prioritario, reglamenta los literales a), b) y c) del numeral 4 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario. Así las cosas, se establecen los requisitos para la procedencia de la exención del impuesto sobre la renta en:
- La enajenación de predios destinados al desarrollo de proyectos de vivienda de interés social y/o de vivienda de interés prioritario
- La enajenación de viviendas de interés social y/o de interés prioritario
- La enajenación de predios para el desarrollo de proyectos de renovación urbana.
Para mayor información consulte: Decreto 1070 de 2019
Redacción INCP