Decreto 1435 de 2020 reglamenta modificaciones al impuesto de renta introducidas por la Ley 2010 de 2019

Decreto 1435 de 2020 reglamenta modificaciones al impuesto de renta introducidas por la Ley 2010 de 2019


El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 1435 de 2020, “Por el cual se reglamentan los artículos 27, 46, 55, 119, 206, 206-1, 235-2, literal e) del parágrafo 5 del artículo 240, 330, 331, 332, 333, 335 y 336 del Estatuto Tributario y se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

Dado que la Ley 2010 de 2019 estableció modificaciones para la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios a cargo de las personas naturales, se hacen las siguientes precisiones:

  • A los servidores públicos cuyo régimen corresponde al de cesantías anualizadas les resulta aplicable, en materia del impuesto sobre la renta, la regla de realización del ingreso en los mismos términos establecidos en el inciso 1 del artículo 27 del Estatuto Tributario (E. T.), en concordancia con lo previsto en el numeral 3 del mismo artículo. Por lo anterior, se establece el momento de realización del ingreso por concepto de las cesantías para efectos de la expedición de la certificación a cargo del empleador.
  • El tratamiento, en la cédula general, para la determinación del impuesto sobre la renta, de los apoyos económicos a que se refiere el artículo 46 del E. T., recibidos por las personas naturales, según se trate de rentas de trabajo, si fueron otorgados en razón a una relación laboral, legal y reglamentaria, o, de rentas no laborales, en caso contrario.
  • El tratamiento de los costos y gastos que tengan relación de causalidad con la actividad productora de renta de los contribuyentes que perciban rentas de trabajo provenientes de honorarios o compensaciones por servicios personales.
  • Actualizar el procedimiento para la aplicación de la renta presuntiva y la compensación de los excesos de renta presuntiva, así como el tratamiento del valor de los activos omitidos y los pasivos inexistentes de que trata el artículo 239-1 del E. T.
  • El tratamiento de la prima especial y la prima costo de vida en la determinación del impuesto sobre la renta y complementario de los contribuyentes del impuesto sobre la renta.
  • Entre otras.

Para más información, favor remitirse al adjunto:

Ver: Decreto 1435 de 2020

Redacción INCP

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