Se permitirá la deducción de los salarios y pagos a trabajadores independientes de los meses de abril y mayo de 2020

Mediante el Concepto 0491 de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hizo referencia a la deducción por salarios y pagos a trabajadores independientes correspondientes a los meses de abril y mayo de 2020 y realizados de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 558 del mismo año.
En este se expone que en cuanto las cotizaciones al Sistema General de Pensiones se hayan efectuado en los términos dispuestos por el artículo 3° del decreto mencionado anteriormente, se debe permitir a los contribuyentes la deducción de los salarios y pagos a trabajadores independientes de los meses de abril y mayo de 2020 sobre los cuales se realizaron las mencionadas cotizaciones parciales. Esto con base en que algunos de los que se acogieron a la medida prevista en el decreto se vieron afectados económicamente como consecuencia de la pandemia.
Redacción INCP