Se determinan rebajas de capital, intereses, sanciones o multas de crédito a favor de la DIAN

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 939 de 2021*, en el que se determina que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) −y demás entidades del estado− podrá hacer rebajas de capital, intereses, sanciones o multas sobre obligaciones tributarias, así como rebajas sobre sanciones o multas diferentes de impuestos que administre cada entidad, que correspondan a deudas insolutas de empresas afectadas por la declaratoria del estado de emergencia económica, social y ecológica (Decreto 417 de 2020).
Las empresas que quieran acogerse a esta medida deben ser admitidas en procesos de insolvencia dentro del término de vigencia y podrán beneficiarse siempre y cuando la insolvencia se encuentre asociada a las causas que motivaron la emergencia económica, social y ecológica.
Ver: Decreto 939 de 2021
*“Por el cual se reglamenta parcialmente el parágrafo 3 del artículo 5 del Decreto Legislativo 560 de 2020 y se adiciona la Sección 7 al Capítulo 9 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo”.
Redacción INCP