El departamento de Antioquia adopta beneficios tributarios de la Ley 2155 de 2021

El departamento de Antioquia adopta beneficios tributarios de la Ley 2155 de 2021

La Gobernación de Antioquia publicó el Decreto 2021070003790 de 2021*, en el que se establece que para aquellas obligaciones respecto de impuestos, tasas y contribuciones del departamento que se paguen hasta el 31 de diciembre de 2021, así como para las facilidades de pago que se suscriban hasta esta misma fecha respecto a las obligaciones que presenten mora en el pago a 30 de junio de 2021 y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el covid-19, las sanciones y la tasa de interés moratoria se reducirán y liquidarán en los siguientes términos:

  • Las sanciones, incluyendo aquellas que se liquiden en actos administrativos independientes, y sus actualizaciones se reducirán a 20 % del monto previsto en la legislación tributaria.
  • La tasa de interés moratoria, establecida en los artículos 635 del Estatuto Tributario y 366 de la Ordenanza 41 de 2020, será liquidada diariamente a una tasa de interés diario que sea equivalente a 20 % de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Por otra parte, el decreto reglamenta la terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos y conciliación contencioso administrativa en materia tributaria en el departamento de Antioquia.

Ver: Decreto 2021070003790 – Gobernación de Antioquia

*«Por medio del cual se adoptan los beneficios tributarios consagrados en la Ley 2155 de 2021 «Ley de inversión social» y se dictan otras disposiciones».

Redacción INCP

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