Se amplían los montos a devolver por concepto de IVA a turistas extranjeros

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 1495 de 2021 con el objetivo de precisar aspectos para la devolución del impuesto sobre las ventas (IVA) a los turistas extranjeros. Con el fin de cumplir con los postulados de eficiencia, celeridad y economía, ahora este trámite se puede realizar a través de empresas operadoras de pagos, con excepción de la resolución de reconocimiento y/o rechazo que estará a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, permitiendo ampliar los puntos de atención a los solicitantes y disminuir los tiempos para tramitar las solicitudes.
Entre otras cosas, el decreto en mención amplió los montos a devolver por concepto de IVA a los turistas extranjeros. Estos turistas podrán solicitar la devolución del IVA por la compra de bienes muebles gravados, siempre y cuando el valor de cada factura de venta, incluido el impuesto sobre las ventas, sea igual o superior a 3 Unidades de Valor Tributario (UVT); el monto máximo de IVA a devolver por solicitud será hasta 200 UVT.
Para más información, consulte el Decreto 1495 de 2021 a continuación:
Ver: Decreto 1495 de 2021
Redacción INCP