Negocios de comidas y bebidas Inscritos al RST deberán actualizar su Rut como no Responsables del Impuesto al Consumo

Negocios de comidas y bebidas Inscritos al RST deberán actualizar su Rut como no Responsables del Impuesto al Consumo

Los empresarios dedicados exclusivamente al expendio de comidas y bebidas, inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST), deben actualizar el Registro Único Tributario (RUT), reemplazando la responsabilidad 33 del Impuesto Nacional al Consumo por el código 50 (No responsable del impuesto al consumo) o el 57 (Persona jurídica No responsable del impuesto al consumo), según corresponda. La intención es ayudar a la reactivación económica de estos sectores, al exonerarlos de la responsabilidad de pagar dicho impuesto durante el 2022.

Redacción INCP a partir de la nota publicada por la DIAN

Para más información consulte el artículo titulado “Negocios de comidas y bebidas Inscritos al RST deberán actualizar su Rut como no Responsables del Impuesto al Consumo” publicada por la DIAN

Negocios de comidas y bebidas Inscritos al RST deberán actualizar su Rut como no Responsables del Impuesto al Consumo

Los empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) podrán actualizar el Registro Único Tributario (RUT), remplazando la responsabilidad 33 del Impuesto Nacional al Consumo por el código 50 -No responsable del impuesto al consumo o 57-Persona jurídica No responsable del impuesto al consumo, según corresponda.

Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) al informar que esta medida, establecida por la Ley de Inversión Social, busca ayudar y facilitar la reactivación económica de estos sectores económicos, mediante la exoneración de la responsabilidad de pagar dicho impuesto durante el 2022.

De esta manera, la entidad hizo un llamado para que las personas naturales y jurídicas que únicamente desarrollen estas actividades y que estén inscritos al Régimen Simple de Tributación, realicen la actualización del RUT por medio de la página de la DIAN para evitar desplazamientos. Así mismo, dispuso de un video tutorial y dos instructivos guías para facilitar el proceso de actualización a sus clientes:

Persona Natural:

https://youtu.be/0aJfTddZDDU

https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/RUT/Radicar-actualizacion-RUT.pdf

Persona Jurídica:

https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Paso-a-paso-RUT-2022.pdf

Es importante tener en cuenta que los empresarios que durante el 2022 tengan algunos días la responsabilidad del impuesto nacional al consumo en su RUT, deberán declarar la fracción del impuesto por el número de días que aparezca la responsabilidad de Impoconsumo.

Así mismo debe tenerse en cuenta que, por el año 2022, este beneficio aplica para todos los contribuyentes que se encuentren en el RST y únicamente desarrollen una actividad de expendio de comidas y bebidas que los haga responsable del impuesto nacional al consumo.

Finalmente, la DIAN reiteró que el RST es un mecanismo que le apuesta a las ideas que se convierten en negocios y sueñan con ser grandes empresas, también que este es uno de los muchos beneficios que ofrece este régimen que busca abrir puertas para que las empresas sean fuentes de generación de nuevas plazas laborales y así logren un aumento en su productividad y rentabilidad, lo que las convertirá en empresas más competitivas en el mercado y agentes movilizadores de la economía del país.

Ver: Comunicado DIAN

Fuente: DIAN

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