Concepto de la DIAN sobre reliquidación laboral y su efecto en la nómina electrónica

Concepto de la DIAN sobre reliquidación laboral y su efecto en la nómina electrónica


Mediante el Concepto No. 264 de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) respondió a una consulta sobre la reliquidación de un trabajador posterior al cierre de la relación laboral y su efecto en la transmisión del documento soporte de nómina electrónica. La DIAN respondió refiriéndose al artículo 2 de la Resolución 000013 de 2021, donde se estipula que el documento soporte de pago de nómina electrónica se origina por los pagos o abonos que se desprenden de una relación laboral o legal y reglamentaria, así como por los pagos a pensionados a cargo del empleador. Así pues, los valores de la liquidación definitiva de un trabajador deben incluirse en el documento soporte de nómina electrónica con la finalidad de constituir un sustento de los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios e impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas (IVA) de las erogaciones para el empleador. Asimismo, la resolución establece que el documento soporte debe generarse de forma mensual independientemente de que el sujeto obligado realice pagos en periodos diferentes.

Atendiendo a la consulta presentada, en el caso de una reliquidación para realizar ajustes al reporte de la liquidación inicial efectuada al trabajador por errores aritméticos o de contenido, el obligado deberá generar la respectiva nota de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica. Una vez se conoce el error por parte del sujeto obligado, éste deberá generar y transmitir para validación la nota de ajuste correspondiente dentro de los 10 primeros días del mes siguiente.

Ver: Concepto No. 264 de 2022

Redacción INCP

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