Contribuyentes acogidos al mecanismo de pago de obras por impuestos tendrán más plazo para presentar la declaración de renta

Contribuyentes acogidos al mecanismo de pago de obras por impuestos tendrán más plazo para presentar la declaración de renta

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el Decreto 860 de 2022* por el cual se amplía hasta el 31 de agosto de 2022, el plazo para presentar y pagar las primeras dos cuotas del impuesto sobre la renta y complementarios para los contribuyentes personas jurídicas que, a 31 de marzo de 2022, hayan solicitado la vinculación de este impuesto al mecanismo de obras por impuestos. Cabe mencionar que lo anterior no resulta aplicable a los contribuyentes referidos en el parágrafo 2 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016.

Asimismo, hasta el 31 de agosto de 2022, los contribuyentes a los que se les apruebe la vinculación al mecanismo de obras por impuestos tendrán plazo para consignar en la fiducia los recursos destinados a la obra o proyecto. Cuando no se consigne en la fiducia el valor vinculado a este mecanismo en el plazo establecido, se deberán liquidar y pagar los correspondientes intereses de mora, a partir de la fecha prevista.

Ver: Decreto 860 de 2022

*“Por el cual se modifican los artículos 1.6.1.13.2.22., 1.6.1.13.2.23. Y 1.6.1.13.2.24. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

Redacción INCP

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