Contribuyentes acogidos al mecanismo de pago de obras por impuestos tendrán más plazo para presentar la declaración de renta

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el Decreto 860 de 2022* por el cual se amplía hasta el 31 de agosto de 2022, el plazo para presentar y pagar las primeras dos cuotas del impuesto sobre la renta y complementarios para los contribuyentes personas jurídicas que, a 31 de marzo de 2022, hayan solicitado la vinculación de este impuesto al mecanismo de obras por impuestos. Cabe mencionar que lo anterior no resulta aplicable a los contribuyentes referidos en el parágrafo 2 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016.
Asimismo, hasta el 31 de agosto de 2022, los contribuyentes a los que se les apruebe la vinculación al mecanismo de obras por impuestos tendrán plazo para consignar en la fiducia los recursos destinados a la obra o proyecto. Cuando no se consigne en la fiducia el valor vinculado a este mecanismo en el plazo establecido, se deberán liquidar y pagar los correspondientes intereses de mora, a partir de la fecha prevista.
Ver: Decreto 860 de 2022
*“Por el cual se modifican los artículos 1.6.1.13.2.22., 1.6.1.13.2.23. Y 1.6.1.13.2.24. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.
Redacción INCP